Registrar una vivienda turística en Andalucía requiere de
ciertos trámites que, a priori, pueden asustar, ya que, la normativa que ha
entrado en el BOE de la Junta de Andalucía es muy reciente y no todo el mundo
la conoce.
En este post conocerás todo acerca de obtener la licencia
para apartamento turístico en Andalucía.
En primer lugar, el BOE recoge como apartamento turístico
toda vivienda en alquiler que, estando en suelo residencial, se anuncian por
medios o canales turísticos para ofrecer la vivienda a huésped vacacional.
Se reconoce como canal de oferta turística aquellas empresas
que organicen servicios dedicados al turismo, así como los canales -incluidos
portales web- donde presenten la posibilidad de reservar un alojamiento.
De igual manera sería si el hospedador vive habitualmente en
el apartamento, tratándose de una vivienda con fines turísticos por
habitaciones.
Y lo mismo ocurre si el alojamiento se alquila únicamente por días, semanas o por temporadas; reconociéndose también como apartamento turístico si esta se anuncia en estos portales dedicados al turismo de forma habitual.
Requisitos para establecerse como una vivienda con fines turísticos.
Los requisitos para obtener la licencia de apartamento turístico en Andalucía no son muy exigentes y vienen recogidos en el artículo 6 del Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos.
Exactamente serían los siguientes:
Capacidad máxima de la vivienda.
Si vamos a alquilar el alojamiento completo, deberá tener un
máximo de 15 plazas, siendo este de 6 en los casos de alquiler por
habitaciones, siendo el máximo de 4 personas por habitación.
Trámites que hay que realizar.
Lo primero será cumplimentar y presentar el formulario “declaración
responsable para inicio o ejercicio de la actividad” donde se declare que el
alojamiento cumple la normativa del 11 de mayo del 2016 para poder ser
alquilado. El trámite deberá ser realizado exclusivamente con certificado
digital. Este trámite deberá ser realizado o bien por el propietario o bien por
la persona o entidad que va a explotar la vivienda.
Si no se realiza esta declaración, la vivienda será
considerada como clandestina, siendo una infracción grave.
Una vez registrada la declaración, se podrá ofertar el
servicio de alojamiento turístico de manera legal.
Entonces, la persona que ha realizado el trámite recibirá la resolución indicando que se le ha inscrito en el Registro de Turismo de Andalucía, asignándole un código o asignatura con la siguiente estructura: VFT/HU/00000.
Es obligatorio presentar el código asignado en todo anuncio
por cualquier medio incluido on-line.
Hojas de quejas y reclamaciones.
Es obligatorio disponer de ellas y se pueden obtener de
forma libre en cualquier imprenta o local donde las comercialicen, siempre y
cuando se adapten al formato establecido.
Como hemos visto, los requisitos para obtener la licencia de
apartamento turístico en Andalucía son realmente sencillos, pero deberemos
tenerlos en cuenta para poder llevar a cabo la explotación del alojamiento de
manera regulada.